Delitos de abandono y sustracción de menores

Dentro de los delitos relacionados con el ámbito familiar, el abandono y la sustracción de menores son de los más habituales. En función del tiempo de abandono o de la circunstancia de la sustracción, la pena puede ser mayor.

Abandono de menores o personas incapacitadas

En el caso de abandono de menores o personas incapacitadas, la temporalidad del suceso se debe analizar en cada caso concreto:

· Si el abandono provoca una situación de peligro para la vida del menor, se agrava el delito.

· Si se trata de un abandono temporal, la pena se reduce.

Los incumplimientos graves de estos convenios o sentencias pueden dar lugar a una responsabilidad penal por desobediencia.

Sustracción de menores

El delito de sustracción de menores se produce cuando el progenitor, que, sin causa justificada, traslada al menor de su lugar de residencia habitual o lo retiene, en contra de su voluntad, de la persona que ostenta su custodia.

Este delito sólo lo puede cometer el progenitor no custodio, es decir, cualquiera de los progenitores que no convive con sus hijos.

La pena de prisión es de 2 a 4 años, y se inhabilita el ejercicio del derecho de patria potestad de 4 a 10 años.